Las reglas obligan a distinguir noticias, opinión y publicidad, además de establecer mecanismos para atender quejas; la Comisión aseguró que no revisará contenidos ni intervendrá en decisiones editoriales.
Ciudad de México (Marcrix Noticias).– La Comisión Reguladora de Telecomunicaciones (CRT) aprobó por unanimidad los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias, que establecen obligaciones para los medios de comunicación en materia de noticias, opinión, publicidad, derecho de réplica y atención de inconformidades.
La comisionada presidenta de la CRT, Norma Solano Rodríguez, aseguró que las nuevas disposiciones no representan un mecanismo de censura y sostuvo que el organismo no tendrá facultades para revisar contenidos, intervenir en las decisiones editoriales de los medios o determinar la veracidad de las noticias.
“La CRT no revisa contenidos ni decisiones editoriales, las cuales son entera responsabilidad de los medios conforme a sus códigos de ética”, enfatizó.
La aprobación ocurrió después de una consulta pública realizada del 27 de julio al 21 de agosto, en la que participaron ciudadanos, representantes de la industria y el sector académico. Durante este proceso se recibieron más de 8 mil observaciones, de las cuales 9.7% se pronunciaron a favor del proyecto.
A partir de las opiniones recibidas y las preocupaciones expresadas por diferentes organizaciones, la CRT realizó modificaciones al proyecto original para delimitar las facultades del organismo y evitar posibles afectaciones a la libertad de expresión.
Uno de los principales cambios se realizó en el artículo 12. El proyecto sometido a consulta establecía que los concesionarios debían adoptar medidas para “no difundir información falsa o descontextualizada”, disposición que finalmente fue eliminada.
En su lugar, se estableció que las concesionarias de televisión abierta, radio, televisión y audio de paga deberán adoptar medidas para preservar la pluralidad y veracidad de la información, de acuerdo con los criterios editoriales y valores establecidos en sus propios códigos de ética para el tratamiento de información noticiosa.
También se modificaron las facultades de intervención de la CRT. Inicialmente se contemplaba que la Comisión pudiera participar en cualquier etapa del proceso a solicitud de las audiencias, pero en la versión definitiva su actuación quedó limitada a casos relacionados con incumplimientos en los procedimientos de atención de quejas.
“Con esta modificación que hicimos, la Comisión sólo podrá intervenir a solicitud de las audiencias, sólo cuando no se cumpla con el procedimiento de atención a quejas”, explicó Solano Rodríguez.
Entre los casos en los que podrá intervenir se encuentran la negativa a admitir una queja procedente, que un medio no presente los informes correspondientes o que ignore las recomendaciones emitidas por su defensoría.
Los nuevos lineamientos establecen que las audiencias tendrán un plazo de siete días para presentar una inconformidad ante la Defensoría de las Audiencias. Esta instancia podrá solicitar información a la empresa y, en caso de considerar que existió una vulneración, emitirá recomendaciones para que el asunto sea atendido en un plazo máximo de 20 días naturales.
Los concesionarios deberán contar con defensorías de las audiencias, códigos de ética y mecanismos que permitan diferenciar claramente la publicidad del contenido informativo.
🔴La CIRT celebra nuevos lineamientos para proteger los derechos de las audiencias
— Azucena Uresti (@azucenau) August 26, 2026
La Cámara Nacional de la Industria de Radio y Televisión (CIRT) reconoció la aprobación de los nuevos Lineamientos Generales para la Protección de los Derechos de las Audiencias por parte del… pic.twitter.com/lgnCm44KmK
Asimismo, los medios deberán establecer una distinción visual entre las noticias y las opiniones. Para ello podrán utilizar plecas, cintillos, cortinillas o leyendas en pantalla, mientras que las estaciones de radio podrán recurrir a señales auditivas para indicar la naturaleza del contenido.
Las reglas también buscan evitar que las audiencias sean inducidas al error cuando un producto o servicio sea promocionado dentro de espacios informativos, de investigación o de opinión, por lo que deberá existir una separación clara entre publicidad y contenido editorial.
Además, se reforzará la protección de la identidad y el rostro de niñas, niños y adolescentes involucrados en coberturas periodísticas, principalmente aquellas relacionadas con hechos de violencia.
Los lineamientos también contemplan medidas de accesibilidad, entre ellas subtitulaje, doblaje al español y Lengua de Señas Mexicana, así como mecanismos para garantizar el derecho de réplica de las personas que consideren haber sido aludidas mediante información inexacta o falsa.
Otro de los cambios se realizó en materia de sanciones. El artículo 54 fue ajustado para establecer que los incumplimientos relacionados con los derechos de las audiencias serán sancionados conforme al artículo 295 de la ley correspondiente, relacionado específicamente con la falta de defensorías, códigos de ética o mecanismos para presentar quejas.

Antes de la aprobación, organismos como la Asociación de Internet MX (AIMX), la Cámara Nacional de la Industria Electrónica, de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (CANIETI), la Barra Mexicana, Colegio de Abogados (BMA), y la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) manifestaron preocupaciones por los posibles efectos de la regulación sobre la libertad de expresión y la independencia editorial.
La Asociación de Internet MX advirtió que conceptos como “veracidad” y “diligencia editorial” podían generar incertidumbre y abrir espacios para decisiones discrecionales, además de provocar que algunos medios evitaran abordar asuntos controvertidos ante el temor de posibles consecuencias.
Por su parte, Coparmex pidió que la protección de las audiencias no se convierta en un mecanismo de control editorial.
“La mejor protección de las audiencias no proviene de un Estado que decide por ellas, sino de ciudadanos capaces de decidir por sí mismos”, señaló Armando Zúñiga Salinas, vicepresidente nacional de Comunicación de Coparmex.
Ante las críticas, Norma Solano reiteró que las facultades de la CRT estarán acotadas al cumplimiento de los procedimientos establecidos y no a la valoración del trabajo periodístico.
La presidenta del organismo también recordó que los derechos de las audiencias no constituyen una figura jurídica nueva, pues forman parte del marco constitucional mexicano desde la reforma en materia de telecomunicaciones de 2013.
Con información de El Financiero y de Aristegui Noticias.
