Se declara inconstitucional el reglamento y UBER ganó el amparo para operar libremente.
Cancún (Marcrix Noticias)- El Juzgado Octavo de Distrito, con sede en Cancún, le concedió el amparo contra la Ley y el Reglamento de Movilidad de Quintana Roo a la empresa UBER, declarando inconstitucional estas disposiciones legales aprobadas por el Congreso del Estado.
El juez resolvió el juicio de amparo 530/2023-VII y su acumulado 802/2023, presentado el 23 de mayo de 2023, en donde se declaró inconstitucional varios artículos presentados en la Ley de Movilidad de Quintana Roo, entre estos el articulo 148 Septies, que obliga a contar con una concesión para prestar el servicio de transporte de pasajeros por medio de plataformas digitales.
El Juzgado Octavo de Distrito consideró que el servicio público de transporte individual de pasajeros es distinto al servicio privado, que se contrata a través de personas morales que medien o promueven la prestación del servicio a través de plataformas digitales.
Entre los argumentos del juez se establece que por su naturaleza el servicio que se contrata a través de personas morales que medien o promueven la prestación del servicio a través de plataformas digitales es privado, ya que no se presta en forma regular, permanente, continua e ininterrumpida, como lo impone la Ley de Movilidad del Estado de Quintana Roo, pues ésta establece de manera expresa que el servicio público de transporte de pasajeros contratado a través de plataformas tecnológicas o digitales que se presta en el Estado de Quintana Roo, deberá satisfacer la necesidad colectiva de movilidad, de
manera continua, uniforme, segura y de calidad, y sólo podrá ser prestada través de concesión expedida por la autoridad competente (Artículo 148 Septies)”.
UBER al lograr que el juez declare la inconstitucionalidad de la Ley de Movilidad de Quintana Roo, estaría operando libremente en el estado de Quintana Roo, sin temor a que sus vehículos y los de cualquier plataforma digital de transporte privado, sin que sean detenidos por los inspectores del Instituto de Movilidad, agentes de tránsito, Guardia Nacional o cualquier otra autoridad, siempre y cuando se apeguen a la ley.