Los magistrados rechazaron por unanimidad el reclamo de Morena de que 93 mil personas estaban afiliadas a ambas agrupaciones políticas.

México (Marcrix Noticias)- Después de batear en cuatro ocasiones la revisión del reclamo de Morena respecto a la afiliación de 93 mil 742 personas a la organización Personas Sumando en 2025, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) finalmente determinó hoy la invalidez de la impugnación del partido en el poder, en una decisión que fue celebrada por la organización encabezada por Guadalupe Acosta Naranjo, la cual dio por hecho que recibirá su constancia para convertirse en el nuevo partido político nacional Somos México. 

En un comunicado, la organización celebró que la Sala Superior “rechazó validar presuntas afiliaciones de Morena duplicadas con Somos México por falta de documentación”, y adelantó que el próximo 19 de junio el Instituto Nacional Electoral (INE) dará a conocer los asuntos de fiscalización respecto a los procesos de las organizaciones para convertirse en partidos políticos, y que el próximo 25 de junio “deberá votar qué organizaciones obtienen registro”. 

El tema de las duplicidades que se discutió hoy en el TEPJF revirtió una importancia central para la agrupación Personas Sumando en 2025, pues una decisión adversa que implicaba la invalidación de 93 mil miembros habría puesto en peligro su eventual registro, ya que una organización necesita juntar al menos 256 mil afiliaciones, o un 0.26% del Padrón Electoral Federal. 

En el asunto en cuestión, la Sala Superior aprobó un proyecto elaborado por el magistrado Reyes Rodríguez Mondragón, que dio la razón al INE en un diferendo con Morena. Al revisar el padrón de afiliados de Personas Sumando en 2025, el INE se percató de que 93 mil 742 nombres coincidían con los de militantes de Morena, por lo que dio vista al partido para que le entregara las cédulas originales de afiliación para verificar si eran o no militantes del partido en el poder. 

En caso de que sí, el INE habría buscado a las personas para preguntarles de qué organización o partido querían formar parte; en caso de no tener respuesta, o de no recibir los documentos adecuados, el INE validaría las afiliaciones para la organización Personas Sumando en 2025, un paso decisivo para su constitución en partido político.  

Morena entregó al INE unas memorias USB con 18 mil 814 archivos dañados, 57 mil 175 imágenes de afiliación con fechas anteriores a la afiliación a Personas Sumando en 2025 –las cuales resultan inválidas en este caso– y solamente 17 mil 721 imágenes de afiliaciones posteriores a las asambleas de la organización, pero en estos casos Morena no entregó los documentos originales, por lo que el INE descartó la documentación y validó las afiliaciones, decisión que fue impugnada a su vez por el partido fundado por Andrés Manuel López Obrador. 

Dado que los antecedentes en el INE y el TEPJF estaban muy claros, la propuesta de Reyes Rodríguez Mondragón fue aprobada por unanimidad: la Sala Superior desechó la impugnación de Morena y validó la decisión del INE. 

Sin embargo, durante su sesión de hoy, la Sala Superior discutió un segundo asunto, también en temas de duplicidades, pero en el que asumió una postura distinta: en este caso, los magistrados –a excepción de Reyes Rodríguez– aprobaron una resolución elaborada por el equipo del magistrado presidente, Gilberto Bátiz, que ordenó al INE revisar mil 913 documentos físicos, con firmas autógrafas, que Morena le entregó para comprobar la militancia de personas. 

En este caso, Bátiz estimó que los papeles “constituyen documentales de las cuales se puede desprender la voluntad de las personas ciudadanas de continuar con la militancia del partido político”. Reyes Rodríguez rechazó de manera tajante el argumento, pues recalcó que el INE ha marcado de manera clara que los únicos documentos válidos en casos de duplicidad de afiliación son “la cédula de afiliación original en papel y los formatos de aplicación móvil del INE”. 

El magistrado, quien fue el único en criticar el proyecto de Bátiz, denunció que la resolución no solamente contradice el criterio de la Sala Superior, sino de la propia normativa interna de Morena, que considera a las cédulas originales de afiliación como documentos básicos para registrar a sus militantes. 

“Esta Sala no puede ordenar analizar los documentos y la certificación, como se propone en el proyecto, ya que sería equivalente a darle una nueva oportunidad al partido y ampliar injustificadamente el tiempo que tenía para entregar la documentación”, deploró el magistrado, quien emitió el único voto negativo en contra del proyecto de Bátiz. 

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