Tribunal Ambiental desechó la demanda de nulidad presentada por Calica contra la declaratoria de Área de Conservación en Felipe Carrillo Puerto.
Playa del Carmen (Marcrix Noticias)-La Sala Especializada en Materia Ambiental y de Regulación del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA) declaró improcedente la demanda de nulidad interpuesta por las empresas Calizas Industriales del Carmen (Calica) y Rancho Piedra Caliza (Rapica) contra el decreto presidencial que declaró el área de Felipe Carrillo Puerto como Área de Conservación de Flora y Fauna.
La transnacional, que por años explotó material pétreo en más de 2,200 hectáreas al sur de Playa del Carmen, inició el procedimiento en noviembre de 2024, tras la emisión del decreto por el expresidente Andrés Manuel López Obrador. Sin embargo, el tribunal determinó que no tiene competencia en el caso, argumentando que:
“La Sala sólo tiene competencia para dirimir conflictos entre órganos de la administración pública federal y particulares, hipótesis que no se actualizan porque el presidente de la República, emisor de la resolución impugnada, pertenece y es titular del Poder Ejecutivo.”
La decisión implica que Calica no podrá utilizar esta vía legal para revertir la declaratoria que impide sus actividades extractivas y exportación de material pétreo.
Por otro lado, el Juzgado Segundo de Distrito en Cancún admitió una demanda de amparo promovida por la empresa contra la misma declaratoria, emitida el 23 de septiembre de 2024. Sin embargo, dicho juzgado ya negó la suspensión provisional, decisión que fue respaldada por el Segundo Tribunal Colegiado de Circuito.
Con esta resolución, Calica enfrenta limitaciones para mantener múltiples frentes legales contra la declaratoria ambiental que protege la región de Felipe Carrillo Puerto, afectando significativamente sus operaciones.