La Sala Superior del Tribunal Electoral (TEPJF) confirmó la legalidad del acuerdo del INE que prohíbe la difusión de listas o guías visibles con nombres de candidatos a jueces, con el fin de evitar inducción del voto durante la jornada electoral.
México (Marcrix Noticias)-La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó por unanimidad la legalidad del acuerdo emitido por el Instituto Nacional Electoral (INE) que prohíbe la difusión de “acordeones” o listas visibles para influir en el voto durante la próxima elección judicial.
Durante una sesión privada celebrada el viernes por la noche, el pleno del tribunal resolvió como infundadas las impugnaciones de al menos cinco ciudadanos que acusaban que la medida restringía su derecho a votar con apoyos personales, como guías o apuntes con nombres de jueces o magistrados.
El proyecto, a cargo del magistrado Felipe Fuentes, aclaró que el acuerdo del INE no prohíbe que una persona lleve su propia guía impresa para uso privado, pero sí impide su exhibición o distribución pública dentro o fuera de las casillas, pues esto se consideraría una forma de propaganda.
“El hecho de que la ciudadanía pueda acudir con apuntes o impresiones para votar no implica autorización para portarlos de forma visible ni para distribuirlos”, señala la sentencia.
La resolución subraya que la medida busca evitar propaganda encubierta y garantizar la equidad del proceso electoral durante el periodo de veda, sin afectar el derecho individual de cada persona a recordar sus preferencias mediante una guía personal.
Asimismo, el TEPJF determinó que el INE actuó dentro de sus facultades constitucionales al emitir esta disposición y que no representa una medida desproporcionada.
Con esto, el tribunal confirma que los llamados “acordeones” solo están prohibidos cuando se usan de forma pública o colectiva, pero no cuando se usan de forma discreta e individual para ejercer el derecho al voto.