La Suprema Corte validó la Reforma Electoral que elimina esa posibilidad, aunque falta resolver otra impugnación presentada por Movimiento Ciudadano.
Cancún(Marcrix Noticias).- Los candidatos que pierdan una elección por la Presidencia municipal en Quintana Roo ya no podrán ocupar automáticamente una Regiduría de representación proporcional. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló la reforma electoral estatal que eliminó esta posibilidad.
En sesión de este lunes, el máximo tribunal del país declaró infundada la acción de inconstitucionalidad promovida por el Partido Revolucionario Institucional (PRI) contra la modificación al artículo 383 de la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales de Quintana Roo.
La reforma fue aprobada por la XVIII Legislatura y publicada el 29 de mayo de 2026. Con ella se eliminó la disposición que colocaba al candidato perdedor a la presidencia municipal en el primer lugar de la lista de regidurías de representación proporcional de su partido.
¿Qué cambia con la reforma?
Con la resolución de la SCJN, las regidurías plurinominales deberán asignarse entre las personas registradas específicamente como candidatas a regidurías, respetando el orden establecido en las listas de cada partido.
En otras palabras, perder la elección por una presidencia municipal ya no dará acceso a una regiduría de representación proporcional.
La Corte determinó que esta modificación no afecta la representación de los partidos minoritarios, debido a que no cambia la fórmula utilizada para distribuir las regidurías entre las fuerzas políticas.
Los ministros también señalaron que una candidatura derrotada a la presidencia municipal no genera, por sí misma, un derecho individual para ocupar una regiduría.
La Corte avala facultad del Congreso
La SCJN consideró que el Congreso de Quintana Roo tiene margen para establecer las reglas de integración de los ayuntamientos, siempre que se mantenga un sistema electoral mixto y se garantice la representación plural de las minorías.
Por ello, concluyó que la reforma no elimina la representación proporcional ni modifica la fórmula para determinar cuántas regidurías corresponden a cada partido. Únicamente cambia quiénes pueden ocuparlas y el orden de prelación de las listas.
La resolución fue aprobada por unanimidad y tuvo como base el proyecto elaborado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa.
Aún falta resolver impugnación de MC
Aunque la Corte validó la reforma en el caso promovido por el PRI, el tema todavía podría tener otro capítulo antes de las elecciones de 2027.
Movimiento Ciudadano presentó una acción de inconstitucionalidad contra la misma reforma, pero por motivos diferentes. Entre sus argumentos está la falta de una consulta previa a los pueblos y comunidades indígenas de Quintana Roo durante el proceso legislativo.
Este recurso aún no ha sido resuelto.
Por ello, aunque la SCJN ya confirmó que es constitucional excluir a los candidatos perdedores a las presidencias municipales del reparto de regidurías, la aplicación de la reforma para las elecciones de 2027 todavía podría quedar condicionada a la resolución de la impugnación de Movimiento Ciudadano.
