La propuesta permitirá al SAT tener acceso en tiempo real a la información de apps de streaming y citas; en caso de incumplimiento, se bloquearán las plataformas.

 

Ciudad de México (Marcrix Noticias).- La reforma al Código Fiscal de la Federación, aprobada por mayoría en la Cámara de Diputados con 335 votos a favor y 122 en contra, busca que las autoridades fiscales puedan acceder de manera permanente, en línea y en tiempo real a los registros, transacciones y datos operativos de todas las empresas que presten servicios digitales en México.

El nuevo artículo 30-B establece que las plataformas de streaming, clubes en línea, páginas de citas, enseñanza a distancia o intermediación entre terceros deberán permitir al SAT ingresar a la información contenida en sus sistemas o bases de datos, con el fin de verificar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales.

Entre los servicios alcanzados por esta medida estarían Netflix, Amazon Prime Video, Spotify, Tinder, Bumble, Duolingo y plataformas educativas o de entretenimiento, además de sitios de membresía o apuestas en línea.

El Gobierno Federal argumenta que la medida busca fortalecer la recaudación fiscal en el sector digital, que ha crecido de forma exponencial en los últimos años. 

Según el dictamen, “los modelos de negocio de economía digital impactan en el ámbito fiscal, aduanero, económico y tecnológico, por lo que se requiere un marco que permita obtener información suficiente para verificar el cumplimiento de las obligaciones de los participantes”.

Sin embargo, la iniciativa incluye una sanción severa: las plataformas que no otorguen el acceso solicitado podrán ser bloqueadas temporalmente en México, lo que afectaría a millones de usuarios.

Organizaciones defensoras de derechos digitales, como Red en Defensa de los Derechos Digitales (R3D) y Artículo 19, advirtieron que el artículo 30-B representa una amenaza directa a la privacidad de los ciudadanos y la libertad de expresión.

R3D calificó el acceso en tiempo real del SAT como una “interferencia desproporcionada”, señalando que permitiría una vigilancia constante sobre la información personal y el comportamiento digital de los usuarios, sin necesidad de una orden judicial.

Por su parte, Artículo 19 alertó que la sanción de bloqueo a plataformas constituye una forma de “censura indirecta” incompatible con los derechos digitales y con los tratados internacionales firmados por México.

La reforma, que forma parte del paquete fiscal 2025, aún debe ser analizada por el Senado de la República. En caso de aprobarse, entraría en vigor el próximo año y obligaría a todas las plataformas con operaciones en México a adaptar sus sistemas de información para cumplir con las disposiciones del SAT.

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