El SAT aclaró que no existe ninguna reforma fiscal reciente y que el descuento por ISR aplica sólo al excedente de 30 días de salario mínimo, vigente desde 2014.
México (Marcrix Noticias).- El Servicio de Administración Tributaria (SAT) desmintió la información que circula en redes sociales y algunos medios de comunicación, sobre la supuesta creación de un nuevo impuesto al aguinaldo.
La institución aclaró que no existe ninguna iniciativa, reforma ni disposición reciente que modifique las reglas fiscales aplicables a esta prestación laboral.
De acuerdo con el SAT, desde 2014 la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR), en su artículo 93, establece que los aguinaldos están exentos de impuestos hasta el equivalente a 30 días del salario mínimo general, es decir, solo el excedente de esa cantidad se grava con ISR.
Para este 2025, el valor de la Unidad de Medida y Actualización (UMA) fijado por el INEGI es de 113.14 pesos diarios, lo que significa que los primeros 3 mil 394.20 pesos del aguinaldo están libres de impuestos. Si un trabajador recibe un monto mayor, únicamente se aplica el impuesto sobre el excedente.
La confusión, explicó la autoridad fiscal, surge cada año con la actualización de la UMA, ya que los ajustes por inflación se presentan como si fueran nuevas disposiciones, cuando en realidad se trata del mismo esquema vigente desde hace más de una década.
El SAT también precisó que el ISR se descuenta automáticamente en la nómina de los trabajadores formales y no requiere ningún trámite adicional. El porcentaje de retención varía según el nivel de ingresos y puede representar entre 10% y 20% del monto excedente.
❌Falso que el SAT va a cobrar un nuevo impuesto sobre el aguinaldo
✅Hasta octubre de 2025 no existe ninguna iniciativa, reforma ni disposición reciente de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público ni del Servicio de Administración Tributaria (@SATMX) que establezca un nuevo… pic.twitter.com/BoGPDBR6oJ
— InfodemiaMx (@infodemiaMex) October 22, 2025
Por su parte, la Ley Federal del Trabajo establece en su artículo 87 que los empleados deben recibir como mínimo 15 días de salario como aguinaldo, pagados antes del 20 de diciembre.
En el caso de quienes perciben el salario mínimo general de 278.73 pesos diarios, el aguinaldo mínimo asciende a 4 mil 180.95 pesos, de los cuales sólo una parte estaría sujeta a retención de ISR.
Con este pronunciamiento, el SAT reiteró que no existe ningún nuevo impuesto sobre el aguinaldo y pidió a la ciudadanía informarse únicamente a través de los canales oficiales para evitar caer en noticias falsas o desinformación.