¿Quién sustituirá a Rocha Moya como gobernador de Sinaloa?

La constitución de ese estado establece mecanismos claros para la sucesión; el Congreso determinará el tipo de ausencia y el mecanismo de sustitución conforme a la ley.

 

Sinaloa, (Marcrix Noticias).- La licencia de Rubén Rocha Moya como gobernador del estado abre distintos escenarios legales para su sustitución, de acuerdo con lo establecido en la Constitución Política de Sinaloa.

El mandatario informó su decisión el 1 de mayo mediante un video difundido en la cuenta oficial de YouTube del Gobierno estatal, además de presentar la solicitud formal ante el Congreso local.

De acuerdo con el artículo 58 de la Constitución estatal, las ausencias temporales del titular del Ejecutivo hasta por 30 días serán cubiertas por el Secretario de Gobierno, quien asume como encargado del despacho.

En caso de que la licencia supere ese periodo, el Congreso del estado deberá designar a un gobernador interino mediante mayoría absoluta de los diputados presentes. Si el Poder Legislativo se encuentra en receso, la Diputación Permanente nombrará a un gobernador provisional.

 

Escenario ante ausencia absoluta

 

El artículo 59 establece que, si se tratara de una falta absoluta durante los primeros dos años del sexenio, el Congreso se constituirá en Colegio Electoral para nombrar a un gobernador interino mediante votación secreta.

Si la ausencia ocurre en los últimos cuatro años del periodo, el Congreso designará a un gobernador sustituto que concluirá el mandato. En caso de no estar en sesiones, la Diputación Permanente nombrará a un provisional y convocará a un periodo extraordinario.

Hasta el momento, la solicitud de licencia de Rubén Rocha Moya deberá ser analizada por el Congreso del estado, que determinará el tipo de ausencia y el mecanismo de sustitución conforme a la ley.

 

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