Los establecimientos que falten a lo indicado en el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor enfrentarán diversas sanciones
Economía (Marcrix Noticias).-El tema de la propina en México siempre ha sido motivo de un intenso debate, pues, aunque la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) establece que se trata de una “gratificación voluntaria generalmente económica por un servicio recibido”, existen algunos establecimientos que suelen incluirla en sus cuentas de manera automática.
Sin embargo, realizar dicha acción representa una falta grave al artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor la cual determina que: “Los proveedores no podrán aplicar métodos o prácticas comerciales coercitivas y desleales, ni cláusulas o condiciones abusivas o impuestas en el abastecimiento de productos o servicios”, lo que en pocas palabras quiere decir que no se puede obligar a los consumidores a pagar propina.
Y es que para este 2026 la Profeco ha endurecido las medidas para enfrentar los cobros indebidos a fin de garantizar el respeto a los derechos de las y los consumidores, por lo que aquellos restaurantes, cafeterías, bares y establecimientos que incurran en dicha falta podrían enfrentar multas por más de 3 millones de pesos.
¿Cuáles son las multas por el cobro obligatorio de propina en México?
De acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la Ley Federal de Protección al Consumidor: La propina no puede ser incluida en el total de la cuenta sin el consentimiento previo del cliente. Aunque comúnmente se sugiere dejar entre el 10% y el 15%, realmente no existe un porcentaje mínimo obligatorio pues el consumidor es quien decide cuánto otorgar según su criterio. Los establecimientos tienen prohibido retener a los clientes o condicionar el servicio al pago de una cuota de servicio.
Cualquier establecimiento que no respecte alguno de los puntos anteriormente mencionados será acreedor a una multa que irá en función de la gravedad de la falta y su capacidad económica de acuerdo con lo establecido en los artículos 127 y 128 de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
Para este 2026 las multas por exigir el pago obligatorio de propina pueden ir desde los 311 pesos hasta los más de 3 millones de pesos.
