La SCJN confirmó que la Profeco puede atender quejas contra escuelas particulares al considerar que el pago de colegiaturas constituye una relación de consumo.

La Suprema Corte determinó que el pago de colegiaturas constituye una relación de consumo, por lo que la Profeco puede intervenir en conflictos entre usuarios y planteles privados.

Ciudad de México (Marcrix Noticias).- La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó que la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco) cuenta con plenas facultades para atender reclamaciones relacionadas con servicios educativos privados, al reconocer que el pago de colegiaturas constituye una relación de consumo regulada por la Ley Federal de Protección al Consumidor.

El máximo tribunal resolvió que las escuelas particulares no pueden desconocer la competencia de la Profeco para intervenir en controversias derivadas de la prestación de servicios educativos, fortaleciendo así la protección de los derechos de madres, padres de familia y estudiantes.

Aunque desde 1992 existían resoluciones judiciales y administrativas que respaldaban estas atribuciones, esta es la primera ocasión en que la SCJN se pronuncia expresamente sobre el tema, eliminando cualquier margen de interpretación jurídica.

El caso que dio origen al fallo permaneció una década en litigio y surgió luego de que una institución educativa privada impugnara una multa impuesta por la Profeco por no acudir a una audiencia de conciliación. La Corte determinó que el cobro por la prestación del servicio educativo genera una relación de consumo que faculta a la Procuraduría para actuar.

La Profeco ha intervenido en diversos procedimientos de conciliación relacionados con cobros indebidos, requisitos extraordinarios no previstos en los contratos y otras prácticas comerciales en escuelas particulares.

Además, el año pasado la dependencia firmó un convenio de colaboración con la Secretaría de Educación Pública (SEP) para compartir información cuando se detecten posibles incumplimientos administrativos o regulatorios en planteles privados, fortaleciendo las labores de supervisión.

La Procuraduría recordó que tiene la facultad de verificar que las escuelas informen con claridad sus colegiaturas, cuotas, términos y condiciones, así como las políticas de cancelación y que no condicionen la prestación del servicio educativo.

Finalmente, recomendó a los usuarios comparar opciones antes de contratar un servicio educativo privado, revisar cuidadosamente los contratos y denunciar cualquier incumplimiento ante la institución.

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *

No puedes copiar el contenido de esta página