El propósito es eliminar la criminalización de las personas con enfermedades de transmisión sexual
Ciudad de México (Marcrix Noticias).- Se derogó el delito de peligro de contagio en la Ciudad de México por parte del Congreso Local, pues se castigaba hasta con 10 años de cárcel a quien fuera consignado por la comisión de estás conductas que criminalizan a personas con enfermedades de transmisión sexual.
Con 42 votos a favor y dos en contra se aprobó derogar el delito de peligro de contagio previsto en el artículo 159 del Código Penal para el Distrito Federal, y modificar los artículos 76 y 130, con el propósito de eliminar la criminalización de las personas con enfermedades de transmisión sexual.
Al fundamentar el dictamen, el presidente de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia, Octavio Rivero, comentó que de continuar con leyes punitivas que se interpongan en el camino de la prevención y el tratamiento, “sólo conduciremos a la ciudadanía a seguir disuadiendo los servicios de detección y atención por temor a ser castigada, además de la carga discriminatoria social que esto conlleva”.
Este dictamen señala que la tipificación del delito de peligro de contagio es un remanente de cómo, desde lo penal, se buscaba regular la salud pública y la salud sexual.
Además, no implica necesariamente que la víctima haya sido contagiada, sino que lo que sanciona es el hecho de vivir con VIH.
