Delcy Rodríguez

La medida busca asegurar la continuidad administrativa, activar la defensa nacional y evitar un vacío de poder en Venezuela.

 

Caracas (Marcrix Noticias).- El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ordenó este sábado que la vicepresidenta ejecutiva Delcy Rodríguez asuma como presidenta encargada del país, tras la captura del mandatario Nicolás Maduro por parte de Estados Unidos durante un operativo militar realizado en Caracas y otras zonas del territorio venezolano.

La decisión fue anunciada mediante un comunicado leído por la presidenta de la Sala Constitucional del TSJ, Tania D’Amelio, y transmitido de forma obligatoria por radio y televisión en todo el país.

En el comunicado, el máximo tribunal instruyó que Delcy Rodríguez ejerza de manera inmediata todas las atribuciones inherentes al cargo de presidenta de la República Bolivariana de Venezuela, con el objetivo de garantizar la continuidad administrativa del Estado y la defensa integral de la nación.

“Se ordena que la ciudadana Delcy Eloína Rodríguez Gómez, vicepresidenta ejecutiva de la República, asuma y ejerza en condición de encargada todas las atribuciones, deberes y facultades inherentes al cargo de presidente”, señaló D’Amelio.

El TSJ exigió que la decisión sea notificada de inmediato a la propia Rodríguez, al Consejo de Defensa de la Nación, al alto mando militar y a la Asamblea Nacional, sin precisar el plazo para la ceremonia de juramentación.

Para este lunes 5 de enero está prevista la instalación de un nuevo periodo legislativo (2026-2031), dominado por el chavismo, instancia en la que deberán juramentarse el presidente encargado y otros directivos del Parlamento.

 

Captura de Maduro, un hecho “excepcional”

 

El tribunal argumentó que la medida responde a lo que calificó como el “secuestro” de Nicolás Maduro por fuerzas militares estadounidenses y su posterior traslado fuera del país, una situación que consideró “excepcional, atípica y de fuerza mayor”, no prevista de manera literal en la Constitución venezolana.

El TSJ aclaró que la designación de Rodríguez no implica una decisión definitiva sobre la calificación jurídica de la falta presidencial, ya sea temporal o absoluta, ni sustituye las competencias de otros órganos del Estado para definirlo en procedimientos posteriores.

 

Marco constitucional y escenarios legales

 

De acuerdo con el artículo 234 de la Constitución venezolana, las faltas temporales o absolutas del presidente deben ser suplidas por el vicepresidente ejecutivo hasta por 90 días, plazo que puede prorrogarse por decisión de la Asamblea Nacional por un periodo igual.

Si la ausencia se prolonga más allá de los 90 días consecutivos, corresponde al Parlamento determinar, por mayoría, si se configura una falta absoluta.

Expertos consultados señalaron que la Constitución de 1999 contempla el respaldo de la vicepresidencia ejecutiva ante la ausencia del mandatario, aunque advirtieron que la situación actual no se ajusta plenamente a los supuestos previstos, además de darse en un contexto de legitimidad gubernamental cuestionada tras las elecciones presidenciales de 2024.

 

Activan Consejo de Defensa de la Nación

 

Este sábado, Delcy Rodríguez anunció la activación del Consejo de Defensa de la Nación, organismo que ella encabeza, y que remitió al TSJ el decreto de estado de conmoción exterior para su revisión constitucional.

Entre las facultades de este consejo se encuentran la movilización de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana, la toma inmediata de infraestructura estratégica, servicios públicos e instalaciones de la industria petrolera, con el objetivo de garantizar su funcionamiento.

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