Suprema Corte rechaza el amparo contra una deuda fiscal de 192 millones de pesos con el SAT, dejando firme la exigencia de pago por presuntos adeudos no cubiertos.

México (Marcrix Noticias)-El pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió desechar el recurso de amparo interpuesto por Elba Esther Gordillo, con lo que quedó firme la reclamación de un adeudo fiscal por más de 192 millones de pesos determinada por el Servicio de Administración Tributaria (SAT).

En su determinación, las y los ministros concluyeron que los argumentos presentados por la defensa no acreditaron de manera suficiente una violación a derechos fundamentales que justificara conceder la protección constitucional. Con ello, se elimina la posibilidad de suspender el procedimiento fiscal mientras se resolvía el fondo del litigio.

El monto reclamado deriva de revisiones y auditorías practicadas a ejercicios fiscales anteriores, en los que la autoridad tributaria detectó presuntas diferencias entre lo declarado y lo que, conforme a la ley, debía enterarse al fisco. Estas inconsistencias dieron origen al crédito fiscal actualmente en disputa.

La resolución permite al SAT continuar con las acciones administrativas y legales correspondientes para el cobro del adeudo. En caso de no regularizarse la situación, la autoridad podría aplicar medidas previstas en la legislación fiscal, como embargos u otros mecanismos de ejecución.

El litigio entre la exdirigente magisterial y la autoridad hacendaria se ha prolongado por varios años y representa uno de los principales frentes legales que mantiene abiertos.

Hasta ahora, la defensa de Gordillo no ha emitido un posicionamiento detallado tras la decisión de la Corte. En procesos anteriores, sus representantes legales han señalado que agotarán todas las instancias disponibles para impugnar o reducir el monto exigido.

El juicio de amparo, mecanismo constitucional que permite impugnar actos de autoridad que presuntamente vulneren derechos, exige demostrar una afectación concreta a garantías fundamentales. En este caso, la SCJN determinó que ese requisito no fue satisfecho, por lo que el recurso fue desechado.

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