La SCJN invalidó la reforma del gobierno de Campeche al considerar que invadía atribuciones constitucionales de los ayuntamientos.
Ciudad de México (Marcrix Noticias).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación dio un revés al gobierno de Layda Sansores, al invalidar una reforma a la Ley de Obras Públicas del Estado de Campeche que permitía autorizar obras públicas de gran impacto sin contar con licencias ni permisos municipales.
Durante la sesión del 13 de enero, los ministros aprobaron el proyecto que resolvió la controversia constitucional 284/2024, con lo que quedaron invalidados los artículos 2, último párrafo; 141 Bis; y el segundo transitorio de dicha ley.
El recurso fue promovido por el Ayuntamiento de Campeche, encabezado por la alcaldesa Biby Karen Rabelo de la Torre, al considerar que la reforma vulnera la autonomía municipal.
En el análisis del caso, la Corte coincidió en que la modificación legal rebasaba las facultades del Poder Ejecutivo estatal, al exentar a determinadas obras del cumplimiento de requisitos que, por mandato constitucional, corresponden a los municipios.
Los ministros subrayaron que la Constitución establece una división de competencias que debe respetarse, especialmente en materia de desarrollo urbano y otorgamiento de licencias.
Uno de los puntos centrales fue la invalidez del párrafo del artículo 2, el cual señalaba que las obras públicas “de interés estatal de gran impacto” gozarían de beneficios y excepciones previstas en la ley estatal, lo que en los hechos permitía eludir la autorización municipal.
Durante el debate, se argumentó que la reforma invadía la esfera competencial de los ayuntamientos, al desplazar atribuciones que el artículo 115 constitucional reserva de manera expresa a los municipios.
Los ministros coincidieron en que no existía una reserva constitucional que justificara trasladar esas facultades al Ejecutivo estatal.
Con esta resolución, la Suprema Corte dejó sin efecto la reforma impulsada durante la administración de Layda Sansores y reafirmó la autonomía municipal, estableciendo que ninguna obra pública estatal puede ejecutarse sin respetar los permisos y licencias que corresponden a los gobiernos locales.
Con información de Proceso y de medios.
