Frenó de forma provisional las acciones del Congreso de Guerrero y de la Auditoría estatal contra Abelina López Rodríguez, mientras analiza el fondo del caso.

 

Ciudad de México (Marcrix Noticias).– La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó mantener suspendidas de manera provisional la revocación de mandato impulsada por el Congreso de Guerrero y las auditorías de la Auditoría Superior del Estado contra la alcaldesa de Abelina López Rodríguez, hasta que el máximo tribunal analice a fondo las controversias constitucionales.

Las suspensiones, avaladas por unanimidad en las controversias 174/2025 y 176/2025, solo detienen temporalmente a esas dos autoridades estatales específicas: el Congreso local y la Auditoría estatal. La Corte precisó que la medida no impide que continúen investigaciones por parte de la Fiscalía General de la República (FGR) o de la Fiscalía General del Estado (FGE), ni que la Auditoría Superior de la Federación (ASF) revise recursos federales en el ámbito de su competencia.

El municipio de Acapulco promovió las controversias al considerar que el Congreso estatal invadió competencias constitucionales al aplicar artículos de la Ley Orgánica del Municipio Libre de Guerrero (94, 95 y 95 Bis) que, a juicio del Ayuntamiento, no cumplen con los requisitos del artículo 115 constitucional para regular la revocación de autoridades municipales.

Respecto a la auditoría, el Ayuntamiento sostuvo que la Auditoría Superior del Estado carece de facultades para fiscalizar 898 millones de pesos de fondos federales (FISMDF y FAISMUN), atribución que corresponde exclusivamente a la ASF.

El conflicto se originó tras la llegada de López Rodríguez a la presidencia municipal en junio de 2024, cuando Acapulco recibió 898 millones de pesos para atender daños del huracán Otis (octubre de 2023). En abril de 2025 surgieron denuncias ciudadanas por presunta falta de transparencia; en mayo de 2025 el Congreso local inició dos juicios de revocación (CI/LXIV/JSRC/001/2025 y CI/LXIV/JSRC/002/2025), mientras la Auditoría estatal requirió información contable.

En el análisis preliminar, la ministra Yasmín Esquivel Mossa señaló deficiencias de precisión jurídica en las normas estatales impugnadas; el ministro Giovanni Figueroa Mejía subrayó que la fiscalización del Ramo 33 corresponde a la ASF. Posteriormente, el 14 de enero de 2026, la Corte rechazó por infundados cuatro recursos de reclamación del Congreso y la Auditoría estatal para levantar las suspensiones.

Las medidas cautelares seguirán vigentes hasta que la SCJN emita sentencia definitiva. Mientras tanto, el Congreso de Guerrero no puede ejecutar la destitución y la Auditoría estatal no puede revisar los fondos federales cuestionados. La alcaldesa, no obstante, permanece sujeta al escrutinio de fiscalías y a auditorías federales, así como a revisiones estatales sobre recursos no federales.

Con información de Aristegui Noticias.

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