Ante denuncias de presunta explotación laboral por parte de algunos operadores de AMSTAR Travel Service, el Sindicato de la CTM rechazó las acusaciones, asegurando que los empleados de la empresa cuentan con uno de los contratos colectivos más privilegiados en cuanto a prestaciones y condiciones laborales.
Cancún (Marcrix Noticias)-Ante denuncias de presunta explotación laboral por parte de algunos operadores de AMSTAR Travel Service, el Sindicato de Trabajadores de la Industria Turística, Hotelera y Gastronómica del Estado de Quintana Roo (CTM) rechazó las acusaciones, asegurando que los empleados de la empresa cuentan con uno de los contratos colectivos más privilegiados en cuanto a prestaciones y condiciones laborales.
Contrato colectivo garantiza derechos laborales
El análisis del Contrato Colectivo de Trabajo firmado entre la CTM y AMSTAR Travel Service establece claramente los derechos y obligaciones de ambas partes. Según este documento, los empleados cuentan con jornadas laborales reguladas, acceso a prestaciones superiores a las de la ley y facilidades para el desempeño de sus funciones.
El contrato detalla la duración de las jornadas laborales de la siguiente manera:
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Jornada diurna: 48 horas semanales
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Jornada mixta: 45 horas semanales
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Jornada nocturna: 42 horas semanales
Además, se establece que las horas extras serán remuneradas al 100% del salario normal, sin posibilidad de exceder tres horas diarias ni tres veces por semana. En caso de que un trabajador no pueda realizar tiempo extra, puede negarse justificadamente ante sus representantes sindicales.
Prestaciones y beneficios adicionales
El sindicato enfatizó que los empleados de AMSTAR Travel Service gozan de prestaciones superiores a las que establece la ley, entre ellas:
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Días de descanso y vacaciones con prima vacacional
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Aguinaldo garantizado antes del 20 de diciembre
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Afiliación al IMSS, seguro de vida y plan de ahorro
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Capacitación y adiestramiento constante
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Vales de restaurante y apoyo para el pago de renta
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Permisos con goce de sueldo por matrimonio, hospitalización, paternidad y fallecimiento de familiares
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Bono de puntualidad y asistencia
Asimismo, se recalca que, en caso de accidentes de tránsito donde el peritaje determine que el chofer no es responsable, la empresa no realizará ningún cargo al operador.
Contrato firmado por tiempo indefinido
El Contrato Colectivo de Trabajo entre AMSTAR Travel Service y la CTM fue firmado por tiempo indefinido y se revisa cada dos años en lo general y anualmente en cuanto a salarios. Por lo tanto, no puede modificarse, rescindirse o suspenderse sin acuerdo entre las partes o sin los términos establecidos en la ley.
El sindicato concluyó que las acusaciones de explotación laboral no tienen fundamento, ya que los empleados de la empresa cuentan con condiciones laborales favorables, protección sindical y prestaciones superiores a las de muchas otras compañías del sector turístico.
