La dependencia autorizó de manera parcial y condicionada 30 suites y 23 residencias, en lugar de las 50 suites y 33 residencias solicitadas. La empresa aún debe tramitar el cambio de uso de suelo en terrenos forestales para avanzar con el desarrollo

Ciudad de México (Marcrix Noticias).– La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) informó que la autorización ambiental del proyecto turístico Punta Venado, promovido por Residencial Punta Venado, S.A. de C.V., fue otorgada de manera parcial y condicionada, con restricciones para proteger el manglar y otros ecosistemas de la zona.

En respuesta al artículo “La amenaza a Punta Venado”, publicado el pasado 10 de octubre, la dependencia precisó que la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental (DGIRA) autorizó la construcción de 30 suites y 23 residencias, por debajo de las 50 suites y 33 residencias que había solicitado la empresa.

Entre las principales restricciones destaca la negativa a construir 108 cuartos de hotel cuya ubicación no respetaba la franja de protección de 100 metros respecto al manglar. Por el mismo motivo, tampoco se autorizaron una planta de ósmosis inversa, albercas y diversos accesos, incluidos senderos y andadores de salida a la playa.

La Semarnat aclaró que las obras permitidas se limitaron a las áreas identificadas como compatibles con el desarrollo mediante un estudio de zonificación ambiental. Aunque el predio tiene una superficie total de 111.559 hectáreas, la autorización no implica que toda esa extensión pueda ser desmontada o utilizada para construir.

El resolutivo también establece que al menos 75 por ciento de la superficie de duna costera y berma rocosa deberá conservarse en estado natural. Además, obliga a mantener una franja equivalente al 20 por ciento de la superficie del predio para preservar corredores biológicos y reducir la fragmentación de los ecosistemas.

Durante el procedimiento de evaluación se recabaron opiniones técnicas de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas (Conanp), la Comisión Nacional para el Conocimiento y Uso de la Biodiversidad (Conabio), la Comisión Nacional Forestal (Conafor), la Comisión Nacional del Agua (Conagua), el Instituto Nacional de Ecología y Cambio Climático (INECC) y otras áreas competentes.

Proyecto aún requiere otro permiso ambiental

La dependencia señaló que el desarrollo todavía requiere una autorización adicional en materia de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, trámite que, hasta la fecha del comunicado, la empresa no había presentado ante la Semarnat.

La historia del proyecto se remonta al 4 de junio de 2024, cuando la DGIRA negó una autorización previa debido a incumplimientos ambientales relacionados, entre otros aspectos, con la protección del manglar y de las tortugas marinas.

Posteriormente, la empresa ingresó nuevamente el trámite el 26 de septiembre de ese mismo año. Durante la evaluación, entregó información complementaria a solicitud de la autoridad, actualizó los componentes y superficies del proyecto y presentó el estudio de zonificación ambiental que sustentó la autorización parcial.

La Semarnat sostuvo que evaluar los impactos ambientales, solicitar información adicional y determinar qué obras pueden realizarse, en qué zonas y bajo qué condiciones forma parte de sus atribuciones. En consecuencia, puntualizó que la empresa únicamente podrá ejecutar las obras expresamente autorizadas y deberá cumplir con todas las condiciones establecidas en la resolución.

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