Una jurisprudencia del Poder Judicial y la polémica reforma al artículo 109 de la Ley de Telecomunicaciones, generan preocupaciones sobre censura y control en internet.
México (Marcrix Noticias).- A partir del 14 de abril de 2025, el contenido difundido en redes sociales y páginas web puede ser utilizado como prueba plena en procedimientos judiciales en México.
Así lo desarrolló una nueva jurisprudencia emitida por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Civil del Primer Circuito, publicada en el Semanario Judicial de la Federación con el registro digital 2030262.
La tesis sostiene que la información pública en internet, ya sea en Facebook, Instagram, TikTok o en páginas web, puede ser considerada como “hecho notorio” bajo el artículo 88 del Código Federal de Procedimientos Civiles, y por tanto influye directamente en las decisiones de los jueces.
El fallo se originó a partir de un caso donde una notificación judicial, se realizó basándose en la dirección publicada en la página web de una empresa demandada. El tribunal concluyó que, dada su accesibilidad y notoriedad, esa información tenía valor jurídico, sin necesidad de verificación adicional.
“El contenido de internet ya no es sólo una plaza pública digital; ahora puede tener consecuencias legales serias”, advierte el maestro en Derecho, Miguel Ángel Pech Cen.
Para el especialista, esta resolución representa una parteaguas que puede poner en riesgo la libertad de expresión: “No se puede publicar nada sin ser comprobado. Y eso puede coartar la crítica y la denuncia en medios digitales”, afirma.
La jurisprudencia establece que cualquier publicación accesible públicamente podrá ser utilizada como prueba plena, salvo que exista evidencia en contrario. Expertos alertan que esta nueva realidad judicial convierte perfiles, comentarios y publicaciones en internet en posibles expedientes abiertos.
Reforma al artículo 109 y nuevas atribuciones para bloquear plataformas
La entrada en vigor de esta jurisprudencia coincide con la aprobación en comisiones del Senado de una reforma polémica a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
La modificación incluye un cambio significativo al artículo 109, otorgando facultades a la nueva Agencia de Transformación Digital y Telecomunicaciones (ATDT) para ordenar la suspensión o bloqueo de plataformas digitales.
La oposición, expertos y medios de comunicación, han advertido que esta reforma podría convertirse en un instrumento de censura, al permitir que una autoridad administrativa decida qué contenidos o plataformas pueden ser bloqueados, sin la intervención previa de un juez.
El temor creció aún más al conocerse que no se establecerán criterios claros ni salvaguardas suficientes, para proteger la libertad de expresión ni el acceso a la información.
Sheinbaum responde a la polémica
La presidenta Claudia Sheinbaum defendió la reforma ante las críticas, asegurando que no busca censurar redes sociales ni limitar el acceso a internet.
“El objetivo es fortalecer la soberanía digital y proteger la seguridad nacional”, afirmó. No obstante, reconoció la polémica generada y se dijo abierta a revisar y ajustar el contenido del artículo 109, para garantizar que no haya riesgos de abusos o interpretaciones autoritarias.
“Si es necesario modificar el artículo 109 para que de claro que no se utilizará para censurar la libertad de expresión, estamos dispuestos a hacerlo”, declaró Sheinbaum en conferencia de prensa.
Preocupaciones sobre el futuro de internet en México
La combinación de esta jurisprudencia, que valida como pruebas los contenidos digitales, y de reformas legales que otorgan facultades para bloquear plataformas, ha encendido las alarmas entre defensores de derechos humanos, expertos en derecho digital, ciudadanos y desde luego, medios de comunicación.
La recomendación de los especialistas es actuar con máxima responsabilidad al momento de publicar en internet, ya que cualquier comentario, crítica o denuncia podría ser utilizado como evidencia judicial, en un entorno donde también podría restringirse el acceso a las plataformas digitales.