El Congreso aprobó la Ley de Expropiación en Quintana Roo y el PAN está en contra, ya que “atenta” contra la propiedad privada
Chetumal (Marcrix Noticias)- Los diputados del Partido Acción Nacional (PAN) votaron en contra de la nueva Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio del Estado de Quintana Roo, por atentar contra la propiedad privada, afirmó la dirigente estatal Reyna Tamayo.
Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio del Estado de Quintana Roo fue aprobada por 17 votos a favor y tres en contra y la ausencia de 5 diputados del bloque MORENA-PVEM y PT.
Aunque el PAN votó en contra con sus dos diputados, ninguno hizo uso de la voz en la tribuna parlamentaria del Congreso del Estado.
Reyna Arceo explica que esta nueva ley de expropiación atenta contra la propiedad privada, sin embargo, no subieron a tribuna, ya que, como otras leyes provenientes del ejecutivo estatal, no les dan tiempo para analizarlas y se aprueban muy rápido.
“Nos las pasan al momento”, aseguró.
“En el PAN tenemos la firme convicción de defender la propiedad privada de los quintanarroenses y no apoyaremos propuestas que no beneficien a los ciudadanos” aseguró la también diputada Reyna Tamayo.
El Congreso de Quintana Roo, aprobó con 17 votos a favor y tres en contra la nueva Ley de Expropiación, Ocupación Temporal y Limitación de Dominio en el estado.
Se trata de un paquete de reformas a la ley vigente y creada desde 1978, a propuesta de la Gobernadora del estado, Mara Lezama Espinosa.
El decreto regula el procedimiento y ejecución de las expropiaciones, ocupaciones temporales y limitaciones de dominio, y amplia las causas de utilidad pública en 25 puntos establecidos en el artículo 11 de la ley entre los que destacan:
“lll.- La planeación, estudio, proyección, ejecución, rehabilitación, mantenimiento y aplicación de las obras y servicios necesarios para la operación y administración de los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado dentro del Estado.
- La adquisición y la utilización o aprovechamiento de obras hidráulicas de propiedad privada, cuando se requieran para la eficiente prestación del servicio público de distribución de agua potable, drenaje y alcantarillado establecido o por establecer.
- La prevención y el control de la contaminación de las aguas que se localicen dentro del Estado de Quintana Roo, y que no sean de jurisdicción federal.
Vi. La adquisición de los bienes inmuebles o muebles que sean necesarios para la construcción, rehabilitación, ampliación, mejoramiento, conservación, desarrollo y mantenimiento de los sistemas de agua potable, drenaje y alcantarillado, incluyendo las instalaciones conexas como son los caminos de acceso y las zonas de protección”, entre otros.
En la fracción XI, “la preservación, embellecimiento o saneamiento de los lugares con vista panorámica”.
Y en la XXV- “Proyectos de inversión pública o privada que incidan de manera directa en el bienestar de los intereses colectivos”.