La jueza Tercero de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, Yadira Elizabeth Medina Alcántara, propuso a la Secretaría de Educación Pública (SEP), someter a lo que llamó “deliberación democrática”, el proceso para la elaboración de libros de texto gratuitos para el ciclo lectivo 2024-2025.
Al darse a conocer más detalles de su sentencia emitida en la audiencia constitucional, en la que se concedió un amparo a la Unión Nacional de Padres de Familia (UNPF), el pasado 18 de agosto, para frenar la distribución de esos materiales, se destacó que la juzgadora consideró que se vulneró el derecho a la educación e interés superior de la niñez.
La determinación anterior, no impide que, previa observancia de las formalidades previstas en la Constitución, leyes y reglamentos aplicables, se sometan a deliberación democrática los referidos materiales para el ciclo escolar 2024-2025.
Lo anterior considerando la ejecutoria que se dicte en el juicio de amparo del índice del Juzgado Sexto de Distrito en Materia Administrativa en la Ciudad de México, respecto al estudio de la constitucionalidad del acuerdo número 14/08/22 por el que se establece el Plan de Estudio para la educación preescolar, primaria y secundaria”, planteó la juez Medina Alcántara en su sentencia.
Con su sentencia, la juzgadora ordenó que, para causar una afectación menor, los tres niveles de gobierno deben buscar una estrategia para utilizar materiales educativos del ciclo 2022-2023.
Consideró que las autoridades federales educativas violentaron el interés superior de la niñez, debido a que no existe certeza de que la educación impartida a los niños, niñas y adolescentes, propuesto en los materiales para el próximo ciclo, sea acorde con los principios y fines constitucionales y legales.
La juez Medina Alcántara destacó que la SEP imprimió los libros de texto gratuitos, para posteriormente realizar el proceso de aprobación, sin una discusión sobre el tema.
Las actividades desplegadas por las autoridades educativas conllevarán a que los planes y programas de estudio no se materialicen y se inobserven los objetivos constitucionales en materia educativa en perjuicio de los educandos.
Aunado a que deja en inseguridad jurídica a sus destinatarios, pues no se tiene certeza de que la educación impartida a los niños, niñas y adolescentes sea acorde con los principios y fines constitucionales y legales”, expuso la jueza Medina Alcántara en su resolución.
Indicó que la SEP presentó ante el juzgado los textos de primero a sexto año de nivel básico, así como la página oficial de la dependencia; sin embargo, se consideró que los planes de estudio se encuentran subjúdice (bajo la consideración de un juez) y no se aprobaron bajo el procedimiento constitucional y legal respectivo.
Agregó que tampoco se demostró la capacitación a docentes de todo el país, para conocer dichos planes, ante el inminente inicio del ciclo escolar 2023-2024, el 28 de agosto próximo.