El Tribunal respaldó al IEQROO al concluir que las expresiones denunciadas en notas periodísticas, forman parte del debate público y no constituyen violencia política de género.

 

Chetumal, Quintana Roo (Marcrix Noticias).– El Pleno del Tribunal Electoral de Quintana Roo (TEQROO), confirmó por unanimidad el Acuerdo 002 emitido, por la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Electoral de Quintana Roo (IEQROO), en el que se declaró improcedente una medida cautelar por presunta violencia política contra la mujer en razón de género.

La resolución se dio al resolver el Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales de la Ciudadanía Quintanarroense, identificado como JDC/014/2025, promovido por una ciudadana en contra del acuerdo previamente emitido dentro del expediente IEQROO/PESVPG/002/2025.

El TEQROO determinó que los agravios presentados por la parte actora eran infundados, ya que, tras un análisis preliminar, la Comisión de Quejas concluyó correctamente que no se actualizaban los elementos jurídicos necesarios para acreditar violencia política de género, conforme a la jurisprudencia 21/2018 de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En particular, las notas periodísticas denunciadas fueron consideradas como parte del debate público, por lo que las expresiones señaladas están protegidas por el derecho a la libertad de expresión. 

El Tribunal subrayó que en contextos de interés público, el margen de tolerancia ante críticas o juicios de valor es más amplio, y por tanto no puede configurarse un acto de violencia política con base en dichas publicaciones.

Con esta resolución, el Tribunal ratificó la actuación del IEQROO y reafirmó la protección del ejercicio periodístico en contextos políticos, siempre y cuando no se acrediten elementos suficientes para configurar violencia política de género.

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