Las empresas mexicanas deberán reportar sus obligaciones fiscales del ejercicio 2025 entre enero y marzo de 2026.
Nacional (Marcrix Noticias) – El Servicio de Administración Tributaria (SAT) confirmó el calendario oficial para que las empresas realicen su Declaración Anual 2025. Este proceso es obligatorio para todas las personas morales en el país. El periodo de recepción de datos inició formalmente el 1 de enero. Los contribuyentes tienen como fecha límite general el 31 de marzo de 2026.
La autoridad fiscal estableció plazos diferenciados según el régimen de cada organización. Es fundamental que las empresas identifiquen su categoría para evitar sanciones.
Plazos específicos para la Declaración Anual 2025
Las sociedades que se encuentran en proceso de liquidación tienen el plazo más corto. Estos contribuyentes deben entregar su información a más tardar el 19 de enero. Por otro lado, las personas morales sin fines de lucro cuentan con más tiempo. Su fecha límite quedó fijada para el 16 de febrero de 2026.
Para la mayoría de los regímenes, el periodo concluye el último día de marzo. Esto incluye a las empresas bajo el Régimen Simplificado de Confianza (RESICO). El cumplimiento oportuno de la Declaración Anual 2025 garantiza una buena salud fiscal para los negocios.
Innovaciones en la plataforma digital del SAT
El organismo tributario destacó que el trámite se realiza mediante una plataforma renovada. Este sistema busca simplificar la carga administrativa de los contadores y representantes legales.
La herramienta tecnológica cuenta con información precargada de gran relevancia. Los usuarios encontrarán datos sobre pagos provisionales y retenciones de impuestos ya integrados. También incluye detalles sobre la Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU). El sistema reconoce automáticamente los CFDI de devoluciones, descuentos y bonificaciones realizados.
Requisitos indispensables para el trámite
Para completar la Declaración Anual 2025, las empresas necesitan herramientas digitales específicas. Es obligatorio contar con la e.firma vigente al momento de ingresar al portal. Además, el SAT exige tener acceso a la banca electrónica personal o empresarial.
Si el cálculo resulta en un saldo a cargo, el pago es inmediato. La transferencia debe realizarse a través de instituciones bancarias autorizadas para cobros federales. El SAT reiteró que estas herramientas buscan fortalecer la recaudación y el bienestar nacional.
