También lo referente al registro de las candidaturas de éstos
Chetumal (Marcrix Noticias). – Integrantes del Consejo General del Instituto Electoral de Quintana Roo (Ieqroo) aprobaron por unanimidad los criterios y procedimientos a seguir en materia de reelección en el registro de candidaturas para ayuntamientos y diputaciones para las elecciones de 2024.
En ese sentido, se destacó que, en caso de buscar la reelección en las presidencias municipales, sindicaturas o regidurías de los ayuntamientos, los aspirantes podrán postularse a través del mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición por el que llegaron al poder, excepto aquellos que hayan renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato.
La reelección se podrá ejercer de manera individual por quienes ocupen los cargos en las Presidencias Municipales, Sindicaturas y Regidurías, sólo podrán postularse para el mismo cargo y municipio en el que fueron anteriormente electos, tanto propietarios como suplentes.

“En el caso de las Regidurías, se considerará reelección al cargo, independientemente de que la postulación en cuanto a la posición numeral fuera distinta a la de la regiduría que desempeñó”
De igual forma, durante la sesión se explicó que los partidos políticos deberán garantizar la paridad de género, y deberán cumplir con dicho principio frente al derecho de reelección, mientras que quienes busquen la reelección, tienen hasta el 18 de enero para notificar a través de una carta su intención al Consejo General, al Cabildo del ayuntamiento que corresponda, así como a la presidencia del partido político respectivo.
Diputaciones
En lo que respecta a las diputaciones locales los aspirantes podrán hacerlo sin importar si el cargo es por mayoría relativa o representación proporcional y en dado caso podrán hacerlo por una de las dos vías (proporcional o mayoría relativa) sin importar que no sea la misa por la que llegaron a la curul.
Sin embargo, hay algunas restricciones, por ejemplo, las diputaciones propietarias que hayan sido reelectas para un segundo período adicional, no podrán ser electos para el período inmediato con el carácter de suplentes; los suplentes podrán ser electos para el periodo inmediato con el carácter de propietarios.

Con respecto a los criterios y procedimientos aprobados para el registro de candidaturas, el Consejo General del Ieqroo determinó que cada partido político determinará conforme a sus estatutos, el procedimiento aplicable para la selección de sus candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos y a las diputaciones locales para el proceso local.
Deberán dar aviso por escrito al Consejo General del inicio de sus procesos de selección de candidaturas a más tardar el 2 de enero de 2024 detallando la fecha de inicio del proceso interno, el o los métodos utilizados para la elección y los pormenores del desarrollo de ésta.
De igual manera, para el registro de sus candidaturas a integrantes de los Ayuntamientos y a las diputaciones, los partidos políticos deberán presentar y registrar ante el Consejo General, la plataforma electoral que sostendrán sus candidatas y candidatos durante las campañas políticas del 1 al 5 de febrero.
