El IMSS formalizó en el Diario Oficial de la Federación las medidas para una prueba piloto que permitirá incorporar al Régimen Obligatorio del Seguro Social a repartidores y conductores de plataformas digitales

El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) publicó este lunes en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las reglas de carácter general que regirán la prueba piloto para incorporar a personas trabajadoras de plataformas digitales al Régimen Obligatorio del Seguro Social.

Estas reglas buscan garantizar el cumplimiento de las fracciones V y VI del artículo 291-K de la Ley Federal del Trabajo (LFT), enfocadas en proteger los derechos laborales y de seguridad social de este sector emergente de trabajadores.

El IMSS establece que los empleadores o administradores de plataformas como servicios de reparto o transporte podrán optar por afiliar a sus trabajadores al régimen obligatorio de seguridad social, bajo las siguientes condiciones:


1. Registro patronal: Las plataformas deberán inscribirse ante el IMSS como empresas digitales y establecer la clase y prima de riesgo correspondientes a la actividad de sus colaboradores.

2. Afiliación desde el ingreso: Los trabajadores deberán ser inscritos al Seguro Social desde su registro en la plataforma, con al menos un salario mínimo general diario vigente en la Ciudad de México.
3. Reportes de riesgo: En caso de accidentes o enfermedades laborales, las plataformas deberán reportar al IMSS las circunstancias en que ocurrieron, conforme a la normatividad aplicable.

4. Determinación de asegurables: Las plataformas deberán definir quiénes califican como sujetos de aseguramiento y dar de baja mensualmente a quienes no cumplan con los criterios, notificando tanto al IMSS como a las personas afectadas.

5. Pago de cuotas: Será obligatorio calcular, retener y enterar las cuotas obrero-patronales conforme a lo estipulado en los artículos 15 fracción III y 39 de la Ley del Seguro Social.

La normatividad también contempla protecciones en caso de riesgo laboral, incluso si el trabajador no ha generado ingresos equivalentes a un salario mínimo mensual.

En estos casos, el patrón deberá cubrir las cuotas del aseguramiento durante el periodo de incapacidad.

Con esta medida, el IMSS avanza hacia una mayor inclusión social y laboral de los trabajadores independientes que operan en el entorno digital, respondiendo a una realidad laboral cambiante y a la necesidad de extender los beneficios de seguridad social a más sectores.

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