La medida forma parte de la modernización de los servicios digitales del instituto y te decimos en qué casos será obligatoria la e.firma.

 

Ciudad de México (Marcrix Noticias).– El Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) confirmó que la e.firma será obligatoria para diversos trámites en línea, como parte de su estrategia para modernizar y simplificar los procesos administrativos que realizan los patrones ante la institución.

De acuerdo con el Acuerdo del Consejo Técnico publicado en el Diario Oficial de la Federación el 24 de febrero de 2026, el instituto implementará nuevas reglas para digitalizar los procedimientos y validar la identidad de los usuarios a través de la firma electrónica. 

El objetivo es eliminar el papeleo innecesario y permitir que los trámites realizados por internet tengan la misma validez que los presenciales.

¿A partir de cuándo será obligatoria?

El nuevo requisito entrará en vigor este martes 17 de marzo de 2026. La fecha se calcula considerando que el acuerdo se publicó el 24 de febrero y se estableció un plazo de quince días hábiles posteriores a su publicación para que los sistemas del Instituto y los usuarios se adapten a la nueva exigencia. 

A partir de esa fecha, sin la e.firma vigente no se podrán completar los procesos digitales afectados.

Trámites que REQUIEREN e.firma a partir del 17 de marzo

  • La disposición aplica específicamente para la modalidad en línea de los siguientes procedimientos patronales :
  • Alta Patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo: Necesario para registrar una nueva empresa o reanudar actividades ante el IMSS.
  • Asignación del Registro Patronal Único (RPU): Permite agrupar varios registros patronales bajo un solo número para facilitar su administración.
  • Avisos de movimientos afiliatorios: Incluye las altas, bajas y modificaciones salariales de los trabajadores que se reportan al Instituto.

¿Qué deben hacer los patrones?

Ante la inminente entrada en vigor, el IMSS recomienda a los patrones, contadores y representantes legales verificar con antelación que su e.firma se encuentre vigente. En caso de que esté por vencer o ya haya expirado, es necesario acudir al SAT para renovarla y evitar contratiempos en las gestiones digitales.

Es importante destacar que los trámites que fueron iniciados antes del 17 de marzo podrán concluirse con las reglas anteriores, sin necesidad de utilizar la e.firma. 

Sin embargo, cualquier gestión nueva que se intente realizar a partir de esa fecha en los procesos mencionados será rechazada si no se cuenta con la firma electrónica activa.

Además de la e.firma, el instituto cuenta con otros mecanismos de identificación electrónica para garantizar la seguridad de los trámites. Entre ellos se encuentran el Número Patronal de Identificación Electrónica (NPIE) y el Certificado Digital, herramientas que permiten a los patrones firmar gestiones en línea, como cancelación de registros o avisos sobre movimientos de trabajadores, con una vigencia de dos años.

También se utiliza la CURP con datos biométricos, un sistema basado en rasgos físicos únicos que busca convertirse en un medio nacional de identificación, así como la Tarjeta de Identificación Patronal (TIP), documento que permite a los representantes legales solicitar certificados digitales o realizar trámites oficiales ante el instituto.

Con información de Milenio y de medios.

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