De acuerdo con los criterios oficiales vigentes, el límite de referencia asciende a 941 mil 412.75 pesos, cifra determinada conforme al valor diario de la Unidad de Medida y Actualización, que este año es de 117.31 pesos. Este monto no significa que esté prohibido resguardar una cantidad mayor en el hogar, pero sí marca un punto a partir del cual las operaciones realizadas en efectivo pueden ser objeto de revisión por parte de la autoridad fiscal.
Es fundamental distinguir que el enfoque del Servicio de Administración Tributaria no está en la simple posesión del dinero, sino en su utilización. El problema surge cuando se emplean sumas elevadas para adquirir bienes o realizar pagos sin respaldo bancario ni comprobantes fiscales que acrediten el origen lícito de los recursos.
La Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita establece límites específicos para determinadas operaciones. En la compra o venta de inmuebles, el tope permitido en efectivo es de 941 mil 417.75 pesos. Para la adquisición de vehículos, joyería, metales preciosos, relojes, obras de arte o servicios de blindaje, el límite es de 376 mil 565.10 pesos.
Cuando una operación supera estos montos, el pago debe realizarse a través del sistema financiero y quedar debidamente registrado ante la autoridad correspondiente. De no cumplirse con esta obligación, el Servicio de Administración Tributaria puede dar vista a otras instancias como la Fiscalía General de la República, lo que podría derivar en investigaciones, aseguramiento de bienes o sanciones administrativas y penales.
En este contexto, aunque guardar dinero en efectivo en casa es completamente legal, utilizarlo sin control o sin documentación que respalde su procedencia puede implicar riesgos fiscales y legales. Conocer los límites de efectivo vigentes en 2026 y respetar las disposiciones establecidas es clave para evitar contratiempos con la autoridad tributaria.