El IVA en productos de gestión menstrual podría extenderse más allá de toallas y tampones, tras un proyecto que llegará al pleno de la SCJN.
Ciudad de México (Marcrix Noticias).- El IVA aplicado a los productos de gestión menstrual volverá al centro del debate constitucional, luego de que el ministro Irving Espinosa Betanzo presentará al pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) una propuesta para aplicar la tasa cero a todos estos artículos, sin limitar el beneficio fiscal a unos cuantos insumos.
Actualmente, desde el 1° de enero de 2022, la tasa cero del IVA solo beneficia a toallas sanitarias, tampones y copas menstruales, mientras que otros productos de uso similar continúan gravados con el 16 por ciento, situación que dio origen a un litigio promovido por una empresa del sector comercial.
La compañía interpuso un amparo indirecto en enero de 2022, argumentando que la reforma legal vulnera los principios de igualdad, no discriminación y equidad tributaria, al excluir otros productos de gestión menstrual que cumplen una función equivalente.
Aunque en una primera instancia judicial la empresa obtuvo un fallo adverso, un tribunal colegiado decidió reabrir el caso en junio de 2024 y dejó en manos de la SCJN el análisis de la constitucionalidad del artículo impugnado de la Ley del IVA.
El máximo tribunal admitió el asunto y lo turnó inicialmente al ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, quien elaboró un proyecto que proponía declarar inconstitucional la disposición; no obstante, dicho planteamiento no llegó a discutirse en el pleno.
Con la renovación de la Corte el pasado 1° de septiembre, el expediente pasó a manos del ministro Irving Espinosa, quien retomó el análisis bajo una nueva óptica centrada en el alcance del beneficio fiscal y su impacto en la igualdad tributaria.
De acuerdo con el proyecto enlistado para discusión el próximo 8 de enero, se plantea conceder el amparo a Nueva Walmart de México, al considerar que la exclusión de productos como pantiprotectores y ropa interior especializada del esquema de IVA cero carece de una justificación constitucional válida.
