La ministra Margarita Ríos Farjat propondrá amparar al legislador para que se elimine contenido divulgado por la gobernadora de Campeche en “El Martes del Jaguar”
Luego de casi tres años de litigio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) está por resolver el conflicto legal entre el diputado federal Ricardo Monreal Ávila y la gobernadora de Campeche, Layda Sansores San Román. El caso se originó tras la difusión de un audio en el que Sansores insinuó que el entonces senador manipulaba el sistema de justicia.
El proyecto de resolución, que será presentado el próximo miércoles por la ministra Margarita Ríos Farjat, propone otorgar un amparo a Monreal para que la mandataria estatal y otras autoridades de Campeche eliminen el contenido del programa “El Martes del Jaguar” donde se difundió el audio, así como su publicación en redes sociales y medios oficiales.
La grabación fue divulgada el 25 de octubre de 2022. En ella, se escucha una supuesta conversación entre Monreal y Alejandro Moreno, líder nacional del PRI, en la que presuntamente pactaban acciones para favorecer la campaña de David Monreal en Zacatecas.
La gobernadora aseguró que recibió el audio de forma anónima.
Ante esta situación, Monreal denunció la intervención ilegal de comunicaciones privadas ante la FGR y promovió un juicio de amparo para exigir la eliminación del contenido, señalando que se violaron sus derechos al difundirse información sin objetividad ni respaldo legal.
El juez de primera instancia concedió el amparo al legislador, al considerar que Layda Sansores no tenía facultades para difundir ese material. No obstante, la gobernadora impugnó la decisión argumentando que su actuar se enmarcaba en el derecho a la libertad de expresión y que no existió “real malicia”.
En su proyecto, la ministra Ríos Farjat subraya que el caso es relevante por tratarse de un conflicto entre dos funcionarios públicos. Argumenta que, al emplear canales y símbolos oficiales del gobierno estatal, la gobernadora actuó en su calidad de funcionaria, lo que implica un uso indebido del poder público y justifica la remoción del contenido divulgado.