La Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó la invalidez de diversos artículos de la Ley de Hacienda del municipio de Tulum tras concluir que imponían cobros desproporcionados por servicios que deben ofrecerse a los ciudadanos.

Tulum (Marcrix Noticias)-La acción fue promovida en 2022 por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), al considerar que las tarifas violaban el principio de proporcionalidad tributaria.

Artículos invalidados

  1. Artículo 74
    La Corte invalidó el cobro de 18 Unidades de Medida y Actualización (UMA), equivalente a casi 2,000 pesos, por la búsqueda de documentos en el Registro Civil. El ministro Javier Laynez Potisek calificó este monto como excesivo, destacando su impacto negativo en los ciudadanos que buscan acceder a documentos oficiales.
  2. Artículo 138
    Este artículo imponía un cobro de 4.04 pesos por cada hoja impresa adicional a la quinta en solicitudes de información realizadas a través de Transparencia. La SCJN también consideró que esta tarifa no respetaba principios de proporcionalidad.

Ambos artículos fueron declarados inválidos, y la Corte ordenó notificar al Congreso del Estado de Quintana Roo y al Ayuntamiento de Tulum sobre la resolución.

El Pleno no alcanzó la mayoría calificada de ocho votos necesaria para invalidar el artículo 85, por la ausencia de los ministros Ana Margarita Ríos Farjat y Jorge Mario Pardo Rebolledo. La ministra presidenta Norma Lucía Piña Hernández informó que este tema será retomado en una sesión posterior.

Con esta resolución, se busca garantizar que los servicios gubernamentales sean accesibles y justos para los ciudadanos. La CNDH reafirma su compromiso de proteger los derechos fundamentales, mientras que la SCJN subraya la importancia de que las leyes locales respeten principios constitucionales.

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