Tras la firma, el Diario Oficial de la Federación (DOF) difundió las 14 reformas, seis adiciones y tres derogaciones realizadas a 23 artículos de la Constitución.
México (Marcrix Noticias)-el presidente Andrés Manuel López Obrador (AMLO) firmó y publicó un decreto de reforma al Poder Judicial en el Diario Oficial de la Federación (DOF), a pesar de que un tribunal federal había ordenado suspender dicha acción. En un video compartido en sus redes sociales, AMLO anunció la firma del decreto, el cual incluye 14 reformas, seis adiciones y tres derogaciones que afectan a 23 artículos de la Constitución.
Entre las principales modificaciones se encuentra la elección en urnas de jueces, magistrados y ministros. La firma del decreto ocurre después de que el Tribunal Colegiado del Trigésimo Segundo Circuito notificara una suspensión provisional el viernes pasado, que buscaba evitar la publicación de la reforma.
A partir de este lunes 16 de septiembre, entrará en vigor la reforma, dando inicio al proceso electoral extraordinario 2024-2025 para elegir a todos los ministros y ministras de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), las magistraturas vacantes de la Sala Superior y todos los magistrados de las salas regionales del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
La elección se llevará a cabo el primer domingo de junio de 2025, donde también se votará por los integrantes del nuevo Tribunal de Disciplina Judicial, así como la mitad de los cargos de magistrados de circuito y los jueces de distrito. El Senado tiene un plazo de 30 días naturales para emitir la convocatoria y crear los listados de candidatos, quienes serán propuestos por los tres Poderes de la Unión.
Tras la publicación en el DOF, el Consejo General del INE podrá iniciar los acuerdos necesarios para organizar el proceso electoral del próximo año. La preparación de esta elección comenzará con una sesión del Consejo General del INE dentro de los siete días posteriores a la entrada en vigor del decreto. Además, el Congreso de la Unión deberá realizar reformas a las leyes secundarias en un plazo de 90 días, mientras que los estados tendrán 180 días para hacer las adecuaciones constitucionales correspondientes.